TAT dice que una nota a los EE FF probarían lo que 700 páginas no hicieron.

Fecha de Noticia: Junio 7, 2014

alcance en Panamá

Por: Carlos Urbina

En el caso que motiva esta nota la ANIP negó un CAIR solicitado por el contribuyente para el periodo fiscal especial que va de 1 de abril de 2007 al 31 de marzo de 2008.

El contribuyente indicó que el margen de utilidad frente al CAIR excedía la tarifa ordinaria del impuesto. Por esta razón solicitó la no aplicación del CAIR.

Antecedente en la DGI

La ANIP giró la Nota N°213-80-8048 del 3 de diciembre de 2008, solicitando que se detallara el item de “Otros Costos”.

El contribuyente responde a esta petición entregando un detalle del total de los costos que componen la línea de "otros costos".

Aún así, la DGI señaló que "la información proporcionada no mantenía ninguna relación con lo requerido originalmente". De esta forma la DGI dice no poder determinar qué cuentas componían la línea de Otros Costos.

Así las cosas la DGI dice no se encontrar respuesta a su petición aún cuando el contribuyente detalló lo que pedía la institución (la composición de la cuenta de "otros costos").

Como ha sido costrumbre, la DGI, luego de obtener lo que pide llega a decir no poder verificar con las pruebas que el contribuyente da lo que dice querer demostrar. Esto lo hace la institución sin decir qué quiere demostrar ni qué prueba deseaba obtener.

Recurso de reconsideración

En lo que podemos leer del fallo, el contribuyente indicó, sobre la cuenta controvertida de otros costos lo siguiente:

“…la empresa contabiliza según el método de inventario perpetuo y al realizar una venta automáticamente imputa a la cuenta de costos de venta el total del costos (sic) de
la venta realizada, por lo tanto al presentar el detalle del total de los costos de venta del periodo fiscal, se comprueba no sólo los costos sino el inventario inicial y el inventario final del periodo;…”.

Agrega el recurrente que por utilizar el método de Inventario Perpetuo, en su contabilidad se refleja el costo de venta y no las compras propiamente tal.

Además de expresar estos argumentos el contribuyente ponía a disposición de la DGI sus documentos y solicitaba una prueba pericial contable.

La DGI se limitó a repetir que no puede confirmar el costo de ventas y añade que revisó el sistema de Pagos a Terceros y no llegó a ver las cantidades utilizadas en "otros costos". En lo que podemos leer de estas líneas, la ANIP sigue pensando que los detalles de Pagos a Terceros han de coincidir con el costo de venta.

Apelación del contribuyente

El contribuyente repite sus argumentos de reconsideración y envía al TAT una explicación de los ítems que conforman sus costos y su método de valorización.

También indica el contribuyente que los detalles del cuadro de costos los anexa en formato CD ya que constan de más de 759 páginas.

Fallo del TAT

Antes de fallar, el TAT vuelve a gastar tinta innecesaria en una larga serie de conceptos etéreos que van desde el principio de la capacidad contributiva, unas palabras en negrita o en latín.

Luego de esas innecesarias vueltas en círculo el TAT vuelve a dar vueltas sólo para llegar a la conclusión de que la renta gravable del contribuyente aumenta porque la DGI objetó los costos.

Añade el TAT unas definiciones, igual de innecesarias sobre el inventario perpetuo y el inventario físico. Al decir que ha aclarado qué es el inventario, el TAT llega a decir que "el contribuyente presenta en su Estado de Resultados ..., no auditados, la información concernientes a los Costos y Gastos ..., sin detallar ... a través de notas, de donde proviene el Total de los Costos deducibles objetados..."

El TAT se extraña que los estados financieros no auditados no indiquen, mediante lo que esa institución llama "notas" que no se encuentre de donde viene el total de costos deducibles, llegando a decir que no es "... hasta que interpone su ... Apelación ..., que explica que dicho monto objetado, .... corresponden a los Costos de Ventas, conformados por los siguientes rubros: ....."

Luego el TAT dice que el punto controvertido por la DGI no es el método de llevar inventario usado por el contribuyente. Según el TAT lo que considera importante es que la DGI controvirtió los "..Costos ... como parte integral de la Declaración Jurada de Renta ..., que el sistema de inventario elegido por el contribuyente, debía ser técnicamente apropiado a la actividad específica que realiza la empresa..."

La institución aclara que un sistema de inventario apropiado a la actividad de la empresa es: "ser aplicado en forma constante, debía ser de fácil fiscalización para la Administración Tributaria". Para decir esto dicen apoyarse en el artículo 65 del Decreto Ejecutivo 170 de 1993.

Sin decir qué dificultad se encontró en evaluar el sistema de inventario, el TAT pasa la responabilidad al contribuyente diciendo que como "parte interesada" y "dueño de la información de sus finanzas", debió dar con la declaración de rentas o cuando activó la vía gubernativa (entendemos cuando presentó la solicitud de no CAIR), lo que el fallo llama: "información relevante e idónea orientada para demostrar la sostenibilidad de la cifra que componía el Total de Costos deducidos y qué expuso en sus estados financieros, es decir, debió aportar una explicación más detallada y los conceptos que la integraban con la finalidad de justificar el monto objetado".

No vemos que el TAT haya querido practicar el peritaje solicitado en primera instancia, haya examinado el CD con más de 700 páginas que le aportaron o haya decidido buscar la verdad material al ordenar un peritaje de oficio como lo han realizado en otros casos.

En lugar de hacer estas cosas el TAT dice que los Estados Financiero deben decir: "Los Estados Financieros deben revelar..., información suficiente que permita a sus lectores o terceros, evaluar razonablemente los bienes adquiridos, el costo de la mercancía vendida y el valor del inventario final, así como además ser consistentes en cuanto a su información financiera, ya que la misma debe ser comparativa ... a fojas 73 a 76, del primer tomo del expediente de primera instancia, se encuentran copias simples de las Declaraciones Juradas .. de los periodos ... 2005 al 2007 en donde se aprecia en la parte de Costos de dichos periodos se incluyó el rubro o la línea concerniente a las “Compras-locales”, permitiendo por lo menos una consistencia con respecto a lo que se presentó al periodo fiscal en controversia en donde en su línea 21, no reporta ningún movimiento..."

En este punto, aún cuando estamos lejos de coincidir con este fallo, se nota el momento más lúcido de la institución al decir qué prueba le hubiera satisfecho. En palabras del TAT "una explicación a través de la nota correspondiente hubiere aclarado el cambio, más aún cuando dentro de los aspectos resaltados en la nota 2, concerniente a las Notas de los Estados Financieros presentados el contribuyente indicó que los mismos, se basaron en el método contable de acumulación y no se encuentra en la documentación contentiva del expediente de primera instancia si el contribuyente cambió el método de valorización de inventario."

No creemos que el TAT debe citar vía "copy paste" definiciones esotéricas que no vienen al caso, por el contrario, debe hacer justo lo que dicen las líneas de arriba, es decir, establecer qué le hubiera satisfecho.

Para explicar las palabras en comillas, el TAT dice que el contribuyente debió "aducir y presentar los medios de prueba necesarios para demostrar a la Administración Tributaria que estaba equivocada, invocando y accionando la normativa legal aplicable que se encontraba vigente..."

En este punto el TAT llega a decir que la DGI había solicitado información adicional al contribuyente y sobre las explicaciones dadas dice: "Si bien el contribuyente incluye las explicaciones que considera son las que le aclararían a la Administración Tributaria las dudas surgidas antes de proferir algún criterio favorable en primera instancia, no es menos cierto, que adjunto pruebas documentales que no cumplía con las formalidades legales exigidas, para que un costo en este caso sea considerado como deducible, presentando solamente un detalle contable que incluía entre otras columnas, la nominación de la cuenta y el monto asignado."

Cómo si fuera escrito por dos instituciones distintas, el fallo pasa de este momento de lucidez a una serie de divagaciones sobre los pre-requisitos para la deducibilidad del costo para decir que el contribuyente no llegó a probar sus costos "de forma coherente".

De esta forma el TAT no da razón al contribuyente y mantiene en todas sus partes la resolución original diciendo que la DGI "cumplió los parámetros establecidos en el Código ... al momento de dictar su decisión"

No podemos terminar esta nota sin decir que lo único que vemos aquí es a la DGI pidiendo una información sobre detalle de otros costos, recibiéndola y diciendo que no le satisfacía sin decir en forma clara porqué no le satisfacía. En lugar de buscar la verdad material, mediante el peritaje solicitado, la ANIP mantiene su posición diciendo, a secas, no estar satisfecho. El TAT tampoco busca la verdad material, no practica ningún peritaje (ni de oficio como lo ha hecho en el pasado, ni el pedido en primera instancia) para decir que una nota a los Estados Financieros hubieran sido la prueba que buscaron. Al mismo tiempo rechazan ver más de 700 páginas de documentación por no estar ajustadas al "Código Judicial". ¿Hubiera esta nota, de llegar, sufrido la misma muerte súbita por no estar ajustada al "Código Judicial"? A juzgar por las apuestas hechas por quienes leyeron esta nota antes de publicarla las posibilidades están 6 a 1.

El fallo del TAT se da mediante Resolución No. TAT-RF-30 de 24 de Marzo de 2014, dentro del expediente No. TAT-152-2011. Esta resolución llega a 5 años de haberse negado el CAIR.

Vea fallo del TAT en el siguiente link: Fallo TAT-RF-30 de 24 de marzo de 2014

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